Cuotas colegialesLa cuota de inscripción inicial entró en vigor en enero de 2002, tal y como se aprobó en la Asamblea General Ordinaria del Colegio, celebrada el 26 de junio de 2001.
La colegiación supone el pago de una cuota de inscripción inicial de 120 € para los pilotos que están activo y de 0 € para los pilotos "no ejercientes" o aquellos cuyos ingresos no superen el doble del Salario Mínimo Interprofesional Existentes diferentes tipos cuotas, cuyo cobro en todos los casos es trimestral a través de domiciliación bancaria. CUOTA GENERAL: 75,00 al trimestre para aquellos que realicen actividad aeronáutica remunerada. CUOTA REDUCIDA: 18,00 euros al trimestre para aquellos que: 1- No realicen ninguna actividad aeronáutica remunerada o desarrollen su labor en el ámbito de la Administración militar o civil. 2- Sí realicen alguna actividad aeronáutica remunerada pero con un salario inferior al doble del salario mínimo interprofesional. Los colegiados que disfruten de la cuota reducida deberán renovarla dos veces al año. Los plazos para la renovación son: - Del 1 al 31 de enero - Del 1 al 31 de julio La cuota reducida tiene dos modalidades más: CUOTA REDUCIDA EXTRAORDINARIA: 18,00 al trimestre para aquellos que trabajen en el extranjero, se encuentren en excedencia, embarazas... (plazo máximo 3 años) CUOTA REDUCIDA ESPECIAL: 18,00 euros al trimestre para los pilotos de Iberia que pasen a la reserva (sin necesidad de renovación) Los colegiados con cuota reducida tienen un importante descuento en el reconocimiento médico del CIMA, presentando un certificado expedido por el COPAC (se puede solicitar por e-mail o telefónicamente). CUOTA EXENTA: colegiados jubilados o que tengan pérdida de licencia. En todos los casos es necesario presentar el formulario correspondiente y adjuntar la documentación acreditativa de la situación. Procedimiento para comunicación de cambio de situación laboral Si por alguna circunstancia se deja de realizar una actividad aeronáutica remunerada, se puede solicitar la reducción de la cuota a través de la Solicitud de Reducción de Cuota Colegial. En caso contrario, es decir, si se inicia o reanuda una actividad aeronáutica remunerada, se enviará un documento con los datos personales y el operador o empresa para la que esté trabajando. Solicitud de ATPL A través del COPAC los colegiados pueden certificar la experiencia en vuelo para realizar la prueba de pericia y obtener la licencia de piloto de transporte de línea aérea (ATPL) (A) y (H). Proceso y formularios a cumplimentar (A): - Presencialmente en las oficinas del COPAC, aportando originales o copias compulsas del DNI, la licencia de vuelo, certificado de teóricas aprobadas del ATPL, junto con los certificados de horas de vuelo. - Por correo postal, en cuyo caso toda la documentación que se envíe a las oficinas del COPAC deberá ser obligatoriamente fotocopia compulsada. Procedimiento para la solicitud de la equivalencia del título de ATPL a diplomado universitarioPara solicitar la convalidación es indispensable estar en posesión del título de ATPL y que la licencia sea española, ya que el Ministerio de Educación y Ciencia sólo puede realizar la equivalencia a un título español. Para ello es necesario rellenar la solicitud de convalidación de diplomatura universitaria y adjuntar fotocopia compulsada del Título de ATPL, fotocopia compulsada de la Licencia de vuelo y fotocopia compulsada del certificado de haber superado COU o equivalente.
A través del COPAC los colegiados pueden certificar la experiencia en vuelo para realizar la prueba de pericia y obtener la licencia de piloto de transporte de línea aérea (ATPL) (A) y (H). Solicitud de Certificado de Horas de Vuelo totales
El COPAC ofrece la posibilidad a sus colegiados de solicitar la emisión del Certificado de Horas de Vuelo totales, tanto de avión como de helicóptero. Se expedirá presentando los certificados de horas emitidos única y exclusivamente por el operador. La documentación necesaria para realizar la solicitud es:
- Formulario de solicitud. Descargar documento.
- Listado de documentos presentados para verificación. Descargar documento.
- DNI o pasaporte.
- Licencia de vuelo.
- Certificados de horas de la compañía. Los certificados de horas realizados en el extranjero estarán debidamente legalizados, bien mediante la Apostilla de la Haya o bien siendo el siguiente proceso:
-Verificación de la firma del director de operaciones de la compañía por parte de un funcionario de la Aviación Civil correspondiente. -Verificación de la firma del funcionario de Aviación Civil por parte de un funcionario del Ministerio de Asuntos Exteriores. -Finalmente, verificación de la firma del funcionario de Asuntos Exteriores por parte de la embajada o consulado Español correspondiente. La documentación se puede entregar presencialmente en las oficinas del COPAC o por correo postal (enviando en este caso copias compulsadas).
Certificado de no accidentes e incidentes Los colegiados que necesiten acreditar ante un operador extranjero que durante su ejercicio profesional no han sufrido accidentes o incidentes, pueden solicitar al COPAC un certificado al respecto. Tan sólo hay que enviar un e-mail a copac@copac.es, indicando el nombre completo, DNI, nº de la licencia y adjuntando el documento de declaración responsable de veracidad de datos. El certificado se expide tanto en inglés como en español, sin coste alguno y se envía por la vía solicitada por el colegiado (e-mail o correo postal). Descarga de documentos
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