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23 Octubre 2026

Tramitación de licencias ante AESA: errores habituales

Recientemente el COPAC ha mantenido una reunión con la dirección de AESA para abordar varias cuestiones de carácter profesional que afectan a los pilotos, entre ellas la demora en la tramitación de licencias. El COPAC recibe y gestiona numerosas consultas técnicas al respecto, pero dado el volumen y el impacto negativo que esta demora tiene en los colegiados, se ha trasladado esta problemática a la dirección de AESA para buscar soluciones.

En este sentido, AESA ha detectado una serie de errores habituales en las solicitudes que conllevan un proceso de subsanación y, por tanto, un retraso en la tramitación. A continuación, se indican dichos errores:

  • Errores en los DATOS PERSONALES (nombre, apellidos, DNI/NIE, lugar de nacimiento, etc.), que obligan a bloquear el expediente y tramitar uno nuevo de oficio. Es fundamental que los datos sean correctos y coherentes, ya que son los que aparecerán en la licencia.
  • DOCUMENTACIÓN DE REPRESENTACIÓN incompleta (Apodera o en su caso Anexo I, según se indica en la sección de la web de AESA (Información sobre la Representación en la Administración Electrónica).
  • Las SUBSANACIONES deben presentarse a través de la herramienta informática LPA desde los enlaces Gestión de licencia de piloto de avión  y Gestión de licencia de piloto de helicóptero , del mismo modo que la solicitud inicial. Desde el 1 de octubre de 2026 no se aceptan las remitidas a través del Registro Telemático de AESA.
  • Defectos en la PRUEBA DE PERICIA remitida, habitualmente por presentar el formulario AP9 editable con campos sin cumplimentar o sin la firma del interesado o del examinador.
  • No se adjunta la documentación acreditativa del EXAMINADOR extranjero (licencia, certificado de examinador/instructor y certificado médico, cuando proceda, todo ello en vigor).
  • No se acredita correctamente el pago de la TASA correspondiente. AESA no emite recibos; el justificante debe aportarlo el propio piloto, incluyendo los pagos realizados mediante Bizum.
  • Se presenta un CERTIFICADO MÉDICO emitido por un AME extranjero, que no ha sido previamente remitido a la División de Medicina Aeronáutica de AESA y, por tanto, no consta como válido.
  • Se solicita la anotación de una COMPETENCIA LINGÜÍSTICA en un idioma para el que no se dispone de la correspondiente habilitación de radiotelefonía.
  • En los trámites de competencia lingüística se aporta un certificado sin la firma de la organización examinadora.
  • El CERTIFICADO DE HORAS no demuestra el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Parte FCL conforme al entrenamiento realizado y/o al libro de vuelo del interesado.
  • El CERTIFICADO EMITIDO POR EL COPAC para acreditar los requisitos previos del ATPL no está firmado por el titular.
  • Un piloto extranjero dado de alta con PASAPORTE que posteriormente obtiene un NIE intenta acceder a su licencia utilizando ese NIE. Esto no es posible; debe seguir usando su pasaporte o bien solicitar a AESA el cambio de identificador (trámite exento de tasa).

Adicionalmente, para cualquier consulta están disponibles las siguientes guías:

En la web de AESA están publicadas nuevas PREGUNTAS FRECUENTES relativas a las subsanaciones más habituales en los trámites telemáticos de licencias de vuelo.

COPAC espera que esta información ayude a mejorar las solicitudes recibidas, a reducir el número de requerimientos de subsanación de solicitudes y, por tanto, los tiempos de gestión de los expedientes. No obstante, recordamos que a través de las Consultas Técnicas los colegiados pueden remitir información sobre los problemas detectados o retrasos en la tramitación de licencias.

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