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24 Abril 2024

El Colegio de Pilotos solicita una regulación de las operaciones aéreas con drones que cuente con el consenso de profesionales y organizaciones del sector

El Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial (COPAC) considera necesario que el Ministerio de Fomento regule de forma adecuada el uso de las aeronaves pilotadas por control remoto -denominados drones o RPA´s (Remotely Piloted Aircraft Systems, en sus siglas en inglés)-, para garantizar la seguridad de estas operaciones.

COPAC ha transmitido su malestar a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) respecto a la tramitación del Real Decreto para la regulación de las operaciones aéreas con drones, ya que considera insuficiente el plazo, de apenas veinticuatro horas, para la presentación de alegaciones a la propuesta presentada recientemente por AESA sobre este asunto.

Para el COPAC la regulación de esta actividad es necesaria para no frenar su expansión empresarial, pero siempre garantizando la seguridad de las operaciones y la preparación de los pilotos que operen este tipo de aeronaves, para lo que es preciso contar con las aportaciones de profesionales y organizaciones implicadas.

En los últimos meses, el Ministerio de Fomento, a través de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), ha emitido guías respecto al uso de los drones que han resultado insuficientes, ya que no contemplan muchos de los aspectos que es necesario regular para un desarrollo seguro y con garantías de estas aeronaves. En este sentido, el COPAC considera que la legislación que se apruebe debe ser ágil en cuanto a certificación y validación de este tipo de aeronaves, de manera similar a otras aeronaves.

Para el COPAC, el desarrollo comercial de los drones en todos sus posibles ámbitos de aplicación debe hacerse de acuerdo a unas normas y siguiendo unos criterios operacionales y de seguridad que eviten un uso descontrolado, por los riesgos que ello implicaría para la seguridad aérea y para las personas. En este sentido, los drones deben cumplir los mismos requisitos de seguridad que cualquier otra aeronave tripulada, como la redundancia de los sistemas de manejo remoto, la preparación del piloto que lo opera, la certificación de las aeronaves o los procedimientos aprobados y supervisados por parte de AESA, como responsable última de la seguridad aérea.

En los últimos meses ha proliferado el uso de este tipo de aeronaves por diferentes empresas, en algunos casos operados por personas sin ningún tipo de conocimiento, formación o licencia habilitante para su utilización. En este sentido, el COPAC considera imprescindible que los profesionales que operen los drones dispongan de licencia de vuelo comercial, conocimientos aeronáuticos y aptitudes psicofísicas adecuadas que garanticen la seguridad de las operaciones para evitar posibles incidentes con otras aeronaves e insta a la AESA a que la normativa que actualmente está desarrollando recoja estos requisitos.

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