El Colegio Oficial de Pilotos considera que la filtración de las conversaciones de cabina sólo contribuye a entorpecer las investigaciones técnica y judicial

  • La filtración de las conversaciones de cabina sólo contribuye a entorpecer las investigaciones técnica y judicial
  • El Ministerio de Fomento debe garantizar la protección de la información de seguridad aérea

El Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial (COPAC) expresa su profundo malestar y preocupación por la difusión de la trascripción del contenido del registrador de voces de cabina del vuelo de Spanair JK5022 que sufrió un accidente en agosto de 2008, más aún cuando todavía sigue abierto el proceso judicial y no ha concluido la investigación de la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación Civil.

Por este motivo, el COPAC va a emprender las acciones judiciales oportunas y denunciará este hecho ante las autoridades aeronáuticas tanto europeas como internacionales, ya que esta nueva filtración sólo sirve para entorpecer el desarrollo de la investigación en marcha y propiciar en la opinión pública posibles conclusiones injustas o erróneas sobre lo que pudo ocurrir.

Esta filtración demuestra que el juez que instruye el caso no ha adoptado las medidas oportunas para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos necesarios antes de concluir la investigación.

Ante estas circunstancias, el Colegio Oficial de Pilotos ha solicitado una reunión urgente con el Ministerio de Fomento para que la modificación de la Ley de Seguridad Aérea, que actualmente está pendiente de aprobación en el Congreso de los Diputados, garantice la protección de la información de seguridad operacional.

El COPAC recuerda que la grabación de las conversaciones de cabina supone una cesión voluntaria del derecho a la intimidad por parte de los pilotos con la única finalidad de recopilar información de cara a la prevención de accidentes y la mejora de la seguridad aérea y cualquier otro uso que se haga de esas conversaciones está totalmente injustificado, tal y como establece la Ley de Seguridad Aérea.

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