El Colegio Oficial de Pilotos considera que la modificación de la Ley de Seguridad Aérea no cumple con las expectativas creadas

Las actuaciones preventivas que adopten los pilotos podrán ser sancionadas por los operadores

El Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial (COPAC) expresa su preocupación tras la votación ayer, en el Pleno del Congreso de los Diputados, del Proyecto de Ley que establece el Programa Estatal de Seguridad Operacional para la Aviación Civil, que rechazó proteger a los pilotos que realicen actuaciones preventivas frente a amenazas para la seguridad durante su ejercicio profesional. Este déficit, deja el campo abierto a potenciales represiones laborales, cuando sus decisiones pudieran afectar al interés comercial del empleador.

La Ley aprobada ayer desestimó la enmienda del Senado que establecía que los profesionales del sector aéreo que adoptaran algún tipo de medida preventiva frente a alguna amenaza real o potencial sobre la seguridad operacional no sufrirían “efectos adversos en su puesto de trabajo por parte del empleador, puìblico o privado, salvo en los supuestos en que se acredite mala fe en su actuacioìn.”

Al rechazar el Congreso esta enmienda, los pilotos quedan desprotegidos cuando adopten actuaciones preventivas de seguridad, en el cumplimiento de las obligaciones que su licencia profesional les exige, ya que los explotadores podrían sancionarles o incluso despedirles por ello.

Así mismo, el COPAC considera que esta desprotección afecta igualmente a los usuarios del transporte aéreo, quienes confían su seguridad a la profesionalidad y criterio de las tripulaciones, que estarán sometidas a presiones ajenas a los principios de la seguridad aérea.

Por otro lado, de acuerdo con el artículo 18.1 de la Ley, sólo tendrá carácter reservado la información que aporten los proveedores de servicio y productos aeronáuticos, es decir, las compañías aéreas, mientras que la información que reporten los pilotos y el resto de profesionales aeronáuticos queda al margen del carácter reservado y podrá ser utilizada.

El COPAC considera que por este motivo el Sistema Nacional de Sucesos (SNS) del Ministerio de Fomento puede verse seriamente afectado, ya que los reportes de carácter voluntario que hasta ahora realizaban los pilotos sobre cualquier incidencia o problema detectado durante su ejercicio profesional, reportes utilizados para el análisis y la prevención en materia de seguridad, descenderán significativamente. Así, la desprotección de los pilotos hará que el SNS deje de recibir información clave para realizar su función preventiva adecuadamente.

Por último, el COPAC lamenta que las expectativas generadas por esta Ley, cuya finalidad era eminentemente preventiva, se hayan visto incumplidas y el resultado genera una gran incertidumbre entre los pilotos.

El COPAC mantiene su compromiso con la mejora de la seguridad aérea en España, y propondrá al Gobierno nuevas actuaciones que puedan reparar este deterioro en favor de la seguridad de las operaciones aéreas y de los pasajeros.

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